Ante la detección en Madrid de varios casos de
fraude.
Revisores del gas:
la estafa se repite
Lunes, 04 de marzo de 2008.
Ante la detección en Madrid de
varios casos de estafa con la revisión de las instalaciones del gas, la Unión
de Consumidores recuerda a los usuarios las condiciones en las que se debe
realizar este tipo de inspecciones. Se trata de un tipo de fraude generalizado
que se repite año a año en todas las comunidades autónomas, y del que son
víctimas especialmente las personas mayores y de escasos recursos
económicos.
Las instalaciones de gas natural y
gases licuados del petróleo por canalización (GLP) tienen la obligación de
pasar cada 5 años una única inspección por parte de la empresa distribuidora,
cuyo coste debe ser abonado por el usuario. En cuanto al gas butano, los
usuarios que tengan instalaciones de gas licuado del petróleo envasados
(bombonas), la revisión es también cada 5 años, y a cargo del usuario. En este
caso se recomienda consultar en la Consejería de Industria la relación de
inspectores autorizados y consultar las tarifas y servicios que ofrecen para
contratar el más económico.
El distribuidor deberá comunicar a
los usuarios, con una antelación mínima de 5 días, la fecha de visita de la
inspección que realizará, solicitando
que se le facilite el acceso a la instalación. Si no fuera posible efectuar la
inspección por encontrarse ausente el usuario, el distribuidor notificará a
aquél la fecha de una segunda visita. UCE recomiendo no dejar nunca
entrar a personas que se presentan como inspectores del gas si no ha habido
antes una comunicación previa por parte de la empresa distribuidora o de la
empresa inspectora contratada.
La inspección será realizada por el
personal propio o contratado por el distribuidor. El personal contratado deberá
someterse a un proceso previo de formación que lo faculte para dicha tarea.
Cuando la inspección arroje un resultado, se cumplimentará y entregará al usuario
un certificado de inspección. En caso de que se detecten anomalías, si estas
son anomalías consideradas principales y no pudieran ser corregidas en el mismo
momento, se deberá interrumpir el suministro de gas y se precintará la parte de
la instalación pertinente o el aparato afectado, según proceda. En caso de
faltas consideradas como secundarias, según la normativa técnica aplicable, se
dará un plazo de 15 días naturales para su corrección. La
anomalías deberán ser corregidas por un instalador de gas o un servicio técnico que deberá
entregar al usuario un justificante de corrección de anomalías según un modelo
unificado.
El distribuidor dispondrá de una
base de datos, permanentemente actualizada, que contenga, entre otras
informaciones, la fecha de la última inspección de las instalaciones receptoras
individuales, así como su resultado, conservando esa información durante 10
años. Todo el sistema podrá ser controlado por el órgano competente de la
Comunidad Autónoma, cuando este lo considere conveniente.
La normativa establece que la
inspección deberá comprobar la estanqueidad de la instalación receptora, la
verificación del buen estado de conservación de la misma, la combustión
higiénica de los aparatos, y la correcta evacuación de los productos de
combustión.