UCE
denuncia que los consumidores españoles son víctimas de un mercado de
distribución energética cautivo, con absoluta falta de competencia y
transparencia
Con
el nuevo modelo liberalizado, el gas natural pasará a ser suministrado
exclusivamente por las empresas comercializadoras
El sector del gas se liberaliza a partir de mañana con
absoluta falta de información para los usuarios
Lunes, 30 de
junio de 2008.
El sector del gas quedará liberalizado a partir de mañana 1 de julio.
Esto supondrá un nuevo marco regulador que afectará directamente a los
contratos que los usuarios tienen con sus actuales compañías de gas. A pesar de
esta novedad, los consumidores carecen a fecha de hoy de la más mínima
información sobre las consecuencias del nuevo marco regulador. Al igual que ha
sucedido con la tarifa nocturna, el Ministerio de Industria no explicado a los
consumidores cómo les afectará la nueva regulación. Esto pone en evidencia la
absoluta falta de transparencia que existe en los mercados del gas y en el eléctrico.
Los usuarios españoles son víctimas actualmente de un mercado energético
cautivo, marcado por una clara falta de competencia que hace que la mayoría de
los abonados no puedan elegir de forma real entre compañías distribuidoras.
La liberalización total del
mercado del gas se producirá en España mañana 1 de julio del 2008 de modo que
todos los clientes van a poder optar, en teoría, por el comercializador que les
ofrezca mejores condiciones o acogerse a la tarifa denominada de “último
recurso”. Si no deciden
cambiar, se quedarán con su actual comercializador.
A partir de ahora los usuarios deberán diferenciar entre distribuidoras
y comercializadoras, las primeras son las personas jurídicas titulares de las
instalaciones de distribución. Tienen como función distribuir el gas natural
por la canalización, construir y mantener las infraestructuras destinadas a
colocar el gas en los puntos de consumo. Las comercializadoras son las
sociedades mercantiles que compran a las distribuidoras el gas que está en el
mercado para vendérselo a los consumidores.
La nueva normativa advierte de que hay consumidores del
mercado regulado que, por no disponer de capacidad de negociación suficiente,
deben ser protegidos para evitar que queden sin suministrador. Para ello, la
ley ha creado la figura de los 'suministradores de último recurso', que tendrá
la obligación de suministrar gas a este colectivo a un precio que no podrá ser
superior al fijado por el Ministerio de Industria a través de la 'tarifa de
último recurso'.
Dentro de este nuevo modelo, el gas natural pasará a ser
suministrado exclusivamente por las empresas comercializadoras. Los
consumidores tendrán que contratar el gas con las comercializadoras.
La 'tarifa último recurso' es, en cuanto a precios, el
'techo' establecido por el Gobierno, mientras que, por ley, las ofertas de los
comercializadores tienen que ser inferiores a esa tarifa. De este modo, lo que
se busca es conseguir que el consumidor se acerque progresivamente a los proveedores.
De hecho, hasta 2010, la tarifa se vinculará a un consumo cada vez menor para
que el colectivo acogido a ella sea muy reducido.
A partir del 1 de julio del 2008, las condiciones de la
'tarifa de último recurso', cambiarán. Sólo podrán acogerse a ella aquellos
consumidores conectados a gasoductos cuya presión sea menor o igual a 4 bar y cuyo consumo anual sea inferior a 3 Gwh.
Con el Real Decreto 1068/2007, se
procede a la designación de los comercializadores de último recurso, para las
que se ha considerado aquellos comercializadores con medios técnicos
suficientes para garantizar el suministro y la atención al cliente doméstico.
Con el fin de garantizar la
transparencia y efectividad del mecanismo de traspaso de clientes se crea la
Oficina de Cambios de Suministrador. Su principal responsabilidad será la de
supervisar los cambios de suministrador de gas natural, con el fin de evitar
posibles obstáculos a la competencia.
Para el ejercicio de su actividad,
la oficina de Cambios de Suministrador tendrá acceso a las bases de datos de
consumidores y punto de suministro del gas y electricidad de las empresas.
El texto legal prevé la creación
el Comité de Seguimiento de la Gestión Técnica del Sistema, que estará formado
por representantes del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, del Gestor
técnico del Sistema de Gas Natural, del Operador del Sistema Eléctrico, de la
Corporación de Reservas estratégicas de Productos Petrolíferos, y de la
Comisión Nacional de Energía. Este comité no tiene representación alguna de los
consumidores. Su objetivo es el seguimiento permanente del buen funcionamiento
del sistema gasista, asegurando, entre otras funciones, de la garantía de
suministros.
Por su parte, el Ministerio de Industria y la Comisión Nacional de la
Energía (CNE) fijarán la “tarifa de último recurso" (TUR). Esta tarifa
marcará un precio máximo, integrado por los peajes regulados y la evolución del
mercado del gas, a su vez determinado por la referencia del crudo.
Plazos para adaptarse a la nueva normativa
El día 1 de enero del 2008 quedó
suprimido el sistema tarifario de gas natural y se estableció la tarifa de
último recurso, al que podrán acogerse exclusivamente los consumidores
conectados a gaseoductos cuya presión sea menor o igual a 4 bar
con independencia de su consumo anual.
A partir del 1 de julio de 2008
sólo podrán acogerse a la TUR (Tarifa de último recurso) aquellos consumidores
conectados a gaseoductos cuya presión sea menor o igual a 4 bar
y cuyo consumo anual sea inferior a 3 GWH.
A partir del 1 de
julio de 2009, se podrán acoger a la TUR aquellos consumidores conectados a
gaseoductos cuya presión sea menor o igual a 4 bar y
cuyo consumo anual sea inferior a 2 GWH.
A partir del 1 de julio del 2010
sólo se podrán acoger a la TUR aquellos consumidores conectados a gaseoductos
cuya presión sea menos o igual a 4 bar y cuyo consumo anual sea inferior a 1
GWH.
Pasos a
realizar por el consumidor doméstico.
Es necesario que las distribuidoras hayan remitido una
carta a sus clientes en la que les expliquen que la nueva normativa les obliga
a transferir su cartera de clientes a una empresa comercializadora, puesto que,
a partir del 1 de julio 2008, solo podrán acceder a la Tarifa de Ultimo recurso
aquellos consumidores conectados a gasoductos cuya presión sea menor o
igual a 4 bar y cuyo consumo anual sea inferior a 3 GWH.
Los consumidores domésticos tienen dos opciones:
a) Acceder al
mercado liberalizado, contratando el gas con cualquiera de las
comercializadoras disponibles en España y cuyo listado figura en la CNE.
b) La segunda es
acogerse a la 'tarifa de último recurso', siempre y cuando estén conectados a
gasoductos cuya presión sea menor o igual a 4 bar
y cuyo consumo anual sea inferior a 3 GWH.
El Gobierno ha designado a cinco comercializadoras en la
Península y Baleares. Naturgás Energía Comercializadora (comercializadora de
HC; número de contacto 902 860 860); Endesa Energía (902 535 753); Gas Natural
Servicios (900 700 365); Unión Fenosa Comercial (901 380 220) e Iberdrola (901
202 020). En Canarias, operará Endesa Energía. El cambio de suministrador no
tendrá ningún coste adicional.