UCE reclama una norma que regule estos establecimientos deportivos

 

La ausencia de ordenación en el sector de los gimnasios deja indefensos a los consumidores

 

Viernes, 18 de abril de 2008.

 

La ausencia normativa en el sector de los gimnasios, tanto a nivel nacional como autonómico, provoca una clara indefensión de los consumidores y usuarios de estos establecimientos deportivos. Esta situación ha dado lugar además una diversidad de condiciones en estos establecimientos a los que la ley no marca unos mínimos requisitos en su oferta de servicios, calidad y condiciones.  

 

Salvo en lo que se refiere a las medidas higiénico-sanitarias de estos establecimientos, servicio de emergencia y contra incendios; en el resto de factores (titulación de los profesionales, revisión de la maquinaria, riesgos para los usuarios, etc) nos encontramos con una ausencia total de regulación y, por tanto, de garantías para los usuarios.

 

Profesionales

 

Si bien los títulos que habilitan para trabajar en uno de estos centros son la licenciatura en Educación Física o la Diplomatura de magisterio en la especialidad de Educación Física, en la práctica encontramos que la mayor parte cuenta con títulos federativos, no académicos, y que por tanto no necesariamente están homologados. Esta situación pone en riesgo la salud de los usuarios.

 

Tampoco hay una regulación que exija  al usuario el pasar previamente un examen médico, que entendemos sería recomendable a fin de ver la actividad deportiva que mejor se ajusta a sus condiciones físicas, y al objeto de evitar cualquier perjuicio derivado de la práctica de un ejercicio inadecuado.

 

Motivos de reclamación

 

Los principales motivos de reclamación relacionados con estos centros tienen que ver con la falta de la adecuada titulación o cualificación de los profesionales, cláusulas abusivas en los contratos (penalizaciones, exclusión o limitaciones a la responsabilidad, cesión de derechos de imagen), incumplimiento de la normativa de seguridad e higiene, información insuficiente, pagos de matrícula sin una contraprestación clara, insatisfacción del servicio recibido y ausencia de hojas de reclamaciones (a pesar de estar obligados).

 

 

Regulación

 

UCE exige para estos centros una regulación específica, que recoja al menos:

 

ü      Exigir al usuario que acude por primera vez al centro un certificado médico, o que el propio establecimiento tuviese un servicio médico para ejecutarlo.

 

ü      Un profesional del deporte titulado.

 

ü      Un monitor en cada sala para vigilar que los practicantes hagan uso de los aparatos adecuadamente, para que no dañen su salud.

 

ü      La obligación de realizar una puesta a punto de los nuevos usuarios con ejercicios cardiovasculares, al menos durante los dos primeros meses, para potenciar paulatinamente el riego sanguíneo que les permita realizar, más adelante, ejercicios más pesados sin riesgo.